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lunes, 24 marzo, 2025

Nuevos Principios de Fiscalización: Cómo Afectarán tu Relación con la SUNAT

¡Atención, contribuyentes! La SUNAT ha lanzado su nueva «Declaración de Principios del Procedimiento de Fiscalización», transformando el proceso tributario con un enfoque en equidad y transparencia. Descubre cómo estos principios aseguran un trato justo y protegen tus derechos.

El 20 de agosto de 2024, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) dio un paso importante en la orientación de sus procedimientos de fiscalización tributaria al presentar el documento «Declaración de Principios del Procedimiento de Fiscalización de la SUNAT». Este documento busca asegurar que la actuación de los agentes fiscalizadores esté alineada con los principios, garantías y derechos de los contribuyentes, en concordancia con la Constitución y las normativas vigentes.

Directrices Fundamentales del Procedimiento de Fiscalización

El documento destaca que las interacciones entre los contribuyentes y la SUNAT durante el procedimiento de fiscalización deben basarse en el respeto, la cooperación y la buena fe. Los agentes fiscalizadores están llamados a actuar con honestidad, profesionalismo y confidencialidad, principios fundamentales que deben guiar todas sus acciones.

Además, se recalca la importancia del principio de legalidad, que obliga a los agentes a regirse por las disposiciones del Código Tributario (CT) y las demás normas aplicables. Este principio asegura que todas las actuaciones sean coherentes con las leyes tributarias y administrativas, protegiendo así los derechos de los contribuyentes.

Requerimientos de información y plazos:

En cuanto a la solicitud de información durante el proceso de fiscalización, la declaración enfatiza que solo se deben pedir datos relevantes y necesarios para la Administración Tributaria. La relación de los elementos probatorios que el contribuyente puede presentar no es exhaustiva, lo que permite flexibilidad para que cada caso sea tratado de manera individual y justa.

Los plazos para responder a los requerimientos de información, así como las prórrogas solicitadas, se establecen de acuerdo con el Código Tributario y las normativas reglamentarias. Estos plazos son diseñados para respetar los principios constitucionales y administrativos, y tienen en cuenta la naturaleza y la antigüedad de la información solicitada.

Derecho a la Prueba:

Uno de los aspectos más destacados del documento es el reconocimiento del derecho a la prueba. Los contribuyentes tienen la garantía de presentar medios probatorios dentro de los plazos establecidos y de que estos sean admitidos y valorados de manera adecuada. La SUNAT se compromete a motivar adecuadamente sus decisiones en función de los medios probatorios presentados, lo que refuerza la transparencia y la equidad en el proceso de fiscalización.

Además, el documento subraya que los medios probatorios originados en medios electrónicos, siempre que estén debidamente respaldados, serán valorados junto con otros medios probatorios. Esta disposición refleja un reconocimiento de la digitalización creciente en la gestión tributaria y la necesidad de adaptar los procedimientos a estas nuevas realidades.

Fuente: El Peruano

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